Preguntas Frecuentes
¿La ley de segunda oportunidad es únicamente para personas físicas?
Particulares o profesionales por cuenta propia (autónomos) pueden acogerse a esta la Ley de Segunda Oportunidad. Antes del 2015, solo las empresas podían declararse en quiebra. Los particulares y autónomos debían afrontar sus deudas respondiendo con todo su patrimonio presente y futuro.
¿Me podéis ayudar en mi situación?
Sí. Desde FUTURO SIN DEUDAS podemos ayudarte, contáctanos y un experto en segunda oportunidad te asesorará. Nosotros a diferencia de muchos despachos de abogados, te acompañamos en todo el proceso, se te asignará un agente que se encargará de llevar tu caso y su seguimiento, con total discreción y confidencialidad.
¿Qué requisitos debo cumplir para poder acogerme a la ley de la segunda oportunidad?
Después de haber solicitado el concurso de acreedores voluntario, el juez puede exonerarte de gran parte de sus deudas siempre que cumplas dos condiciones:
a) Que el juez considere que no tienes dinero, ni activos para afrontar tus deudas
b) La segunda condición que obres de buena fe.
¿Os encargáis también de concursos de acreedores para empresas?
Gracias a una metodología propia y a un equipo experimentado, incrementamos muy notablemente el porcentaje de éxito de cualquier concurso de acreedores. Preocupándonos de la protección del patrimonio del empresario, y dándole el mejor asesoramiento tanto en el ámbito jurídico como económico.