El pasado mes de agosto se aprobó uno de los más recientes cambios en la Ley Concursal. Como es de esperarse, estos también traído novedades a la Ley de Segunda Oportunidad; una solución para que los deudores puedan exonerarse de sus deudas sin sacrificar su estabilidad financiera y económica. Si estás buscando acogerte a este beneficio, conocer su funcionamiento actual es crucial para tener éxito en el proceso y tomar las mejores decisiones.

Entre algunos de las novedades más importantes de la Ley de Segunda Oportunidad se encuentra la reducción del plazo del plan de pago, la eliminación de las liquidaciones y procedimiento más rápidos. En este artículo te mencionaremos todos los cambios más recientes, cómo te pueden afectar en el proceso de acogimiento y cuáles son las características más relevantes de cada uno.

Liquidar el patrimonio ya no es necesario, de las novedades más importantes de la Ley de Segunda Oportunidad

Sin duda alguna, si hay una de las novedades de la Ley de Segunda Oportunidad que es absolutamente necesario resaltar, es esta. Antes de la reforma, el deudor debía liquidar su patrimonio de manera obligatoria para saldar por completo o al menos una parte de su deuda; para luego seguir con un plan de pagos de ser necesario. Con este nuevo cambio, ya no se trata de un movimiento obligatorio, sino opcional.

El deudor podrá elegir si quieres que se liquide su patrimonio o su prefiere seguir exclusivamente con un plan de pagos para exonerar sus deudas. Esto es muy importante, ya que el deudor no tendrá razón para perder su vivienda habitual o partes de su patrimonio que le ha costado obtener para poder comenzar de cero. Asimismo, los autónomos podrán mantener sus bienes para seguir ejerciendo.

Plan de pagos reducidos

Estas no son tan buenas noticias como el punto anterior. Antes de la reforma de la Ley de Segunda Oportunidad, el plan de pagos se podía completar en un lapso de 5 años, que ahora se ha reducido a solo 3 años. La buena noticia es que todavía puede hacerse de 5 años; con el requisito de que no se enajene la vivienda habitual del deudor o cuando se hacen mayores esfuerzos a favor del deudor que tiene un mayor riesgo de recobro.

Exoneración de hasta 20.000 euros de deuda pública con la Ley de Segunda Oportunidad

Esta es otra de las novedades más importantes de las reformas de la Ley de Segunda Oportunidad. Ahora la exoneración de las deudas públicas con la Agencia Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social se puede hacer hasta un monto de 20.000 euros. Por otro lado, cabe destacar que esta cantidad se divide a partes iguales entre la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, por lo que correspondería 10.000 euros a cada una.

Por otro lado, hay que tener en cuenta que esta exoneración solo es aplicable bajo ciertas condiciones; además de que solo está disponible para la primera exoneración del pasivo insatisfecho, no para los siguientes.

No más de 18 meses

La Ley de Segunda Oportunidad es conocida por, aunque muy beneficiosa, poder extenderse por mucho tiempo. Por suerte, esta reforma ha establecido un límite de máximo 18 meses de duración para este beneficio. Debido a ello, el acuerdo extrajudicial para llegar a un acuerdo con los acreedores antes de la declaración del concurso tampoco es necesario ni obligatorio. Asimismo, también existe un plazo máximo para resolver actuaciones judiciales.

Novedades de la Ley de Segunda Oportunidad: más barato

El hecho de que el acuerdo extrajudicial ya no será necesario también trae novedades y beneficios a la Ley de Segunda Oportunidad. Además de la reducción de tiempo, también se experimentará una reducción de precios para completar todo este procedimiento.

Se debe a que tampoco será necesario pagar un mediador concursal, probablemente tampoco se tenga que pagar un administrador concursal y también se eliminan los pagos en notaría, Registro Mercantil y Cámara de Comercio.

Cancelación de datos inmediatos en ficheros: novedades que debes conocer de la Ley de Segunda Oportunidad

Esta es otra de las novedades destacadas de la Ley de Segunda Oportunidad y que a muchos deudores les encantará conocer. Uno de los principales problemas, antes de la reforma, es que los deudores eran quienes debían solicitar que sus datos se eliminasen de registros como ficheros de morosos e informes de riesgo. Por suerte, ahora de eso se encargan los Juzgados, quienes hacen la petición para los deudores que hayan exonerado sus deudas.

Estás a sólo
un paso de conseguirlo.

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Ventajas:

● Eliminación de Deudas: Posibilidad de exonerar todas o parte de las deudas.

● Reinicio Financiero: Permite a los deudores empezar de nuevo sin la carga de las deudas anteriores.

● Protección Legal: Proporciona un marco legal para proteger al deudor frente a las demandas de los acreedores.

Desventajas:

● Impacto en el Patrimonio: Posible pérdida de bienes y patrimonio.

● Requisitos Estrictos: No todos los deudores pueden acogerse debido a los requisitos legales.

● Proceso Complejo: El procedimiento puede ser largo y complejo, requiriendo asesoramiento profesional.