La Ley de Segunda Oportunidad entró en vigor hace ya más de un lustro, en 2015, y ha supuesto un gran avance para la gestión de las deudas. Aun así, cuando se habla de deudas con la Hacienda pública o la Seguridad Social, la interpretación de la norma siempre ha sido un poco complicada. La redacción de la normativa no está especialmente clara, aunque siempre puedes ponerte en contacto con nosotros para que te aclaremos las dudas. A pesar de esto, uno de los trámites con Hacienda de por medio terminó en el Tribunal Supremo. Y fue en julio de 2019 cuando se promulgó una sentencia sobre permite la Ley de Segunda Oportunidad exonerar este tipo de deudas. En principio, este tipo de créditos públicos no son exonerables, pero queremos desengranar la sentencia a fondo para ver si el deudor ...
Leer másCategoría: Otros
Guía completa y definitiva de la Ley de la Segunda Oportunidad
LEY DE LA SEGUNDA OPORTUNIDAD El procedimiento previsto en la Ley de la Segunda Oportunidad pivota en torno a dos fases claramente diferenciadas: (i) El Acuerdo Extrajudicial de Pagos; y (ii) el concurso de acreedores consecutivo. La primera fase constituye una fase extrajudicial, esto es, sin tramitarse en el Juzgado. Se trata de una fase que se inicia con el nombramiento de un mediador concursal (profesional experto en derecho concursal), el cual es nombrado por el Notario del domicilio del deudor (si éste no es autónomo o empresario individual) o por el Registro Mercantil o la Cámara de Comercio en caso de que el deudor si presente dicho componente mercantil. En esta primera fase, el mediador debe remitir a los acreedores, con el visto bueno del deudor, una propuesta de pagos
Leer másDesde la entrada en vigor de la Ley de Segunda Oportunidad, julio de 2015, una de las cuestiones que más ha preocupado a todos los operadores vinculados al procedimiento ha sido la posibilidad de mantener la vivienda habitual una vez concluya todo el procedimiento. La cuestión no es baladí, ya no sólo por la necesidad y viabilidad familiar que significa para muchos de los deudores el poder mantener la vivienda habitual (en la que la familia en su conjunto tiene su estabilidad, organización, en ocasiones, del cuidado de personas mayores, hábitos de los más pequeños en las relaciones con compañeros de colegio, vecinos, etc.), sino porque la Ley Concursal establece que se puede solicitar el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI), es decir, el perdón de las deudas, una ve
Leer másMediador Concursal en la ley de segunda oportunidad El mediador concursal es una figura introducida por Ley 25/2015, de 28 de julio, en mecanismos de segunda oportunidad, de reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social. Se trata de un profesional con formación específica en derecho concursal, cuyo cometido es doble. Durante la fase de Acuerdo Extrajudicial de Pagos, y en calidad de mediador concursal designado por turno correlativo a través del portal del Ministerio de Justicia habilitado a tal efecto, se encarga de remitir a los acreedores, con el visto bueno del deudor, la propuesta de Acuerdo Extrajudicial de Pagos. Dicha propuesta, puede contener quitas, sin límite alguno, y esperas de hasta 10 años Desde Futuro Sin Deudas nos encargamos de plantear esta propuesta.
Leer más