Los concursos de acreedores son el mecanismo que tienen las empresas para resolver situación económica especialmente delicada de la mejor forma posible. Es decir, es la herramienta para intentar salir de una circunstancia en la que no se dispone de liquidez para afrontar deudas. Es la Ley Concursal 22/2003 de 9 de julio la que establece cuándo es posible someterse a concursos de acreedores y en qué condiciones. El objetivo final es facilitar que el deudor pueda continuar con su actividad mientras y, a la vez, que los acreedores puedan recuperar sus créditos o parte de ellos. El gran problema es que la gran mayoría de los concursos de acreedores en España acaban con la liquidación de las empresas. No debería ser así, al contrario, lo que se busca es, precisamente la recuperación de l...
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Guía completa y definitiva de la Ley de la Segunda Oportunidad
LEY DE LA SEGUNDA OPORTUNIDAD El procedimiento previsto en la Ley de la Segunda Oportunidad pivota en torno a dos fases claramente diferenciadas: (i) El Acuerdo Extrajudicial de Pagos; y (ii) el concurso de acreedores consecutivo. La primera fase constituye una fase extrajudicial, esto es, sin tramitarse en el Juzgado. Se trata de una fase que se inicia con el nombramiento de un mediador concursal (profesional experto en derecho concursal), el cual es nombrado por el Notario del domicilio del deudor (si éste no es autónomo o empresario individual) o por el Registro Mercantil o la Cámara de Comercio en caso de que el deudor si presente dicho componente mercantil. En esta primera fase, el mediador debe remitir a los acreedores, con el visto bueno del deudor, una propuesta de pagos
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