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El Procedimiento: Estrategia y Planificación
En un procedimiento de Ley de la Segunda Oportunidad es esencial adoptar la estrategia adecuada desde el inicio. Esto implica estudiar el patrimonio del deudor y, si es necesario, el de su sociedad conyugal, así como la tipología de cada deuda. Las deudas deben clasificarse según su calificación concursal (crédito privilegiado, ordinario, subordinado, etc.) para plantear un plan de liquidación o de pagos que optimice la exoneración del pasivo y beneficie al cliente.
Tipología de Deudas y su Calificación Concursal
Las deudas se clasifican según su naturaleza y prioridad en el proceso concursal:
- Créditos Privilegiados: Aquellos que tienen preferencia en el cobro, como las
deudas con la Seguridad Social o Hacienda. - Créditos Ordinarios: Deudas que no tienen ninguna preferencia especial.
- Créditos Subordinados: Deudas que se cobran después de los créditos
privilegiados y ordinarios, como las deudas con familiares o socios.
El Plan de Liquidación y el Plan de Pagos
El plan de liquidación y el plan de pagos son elementos clave en el proceso de la Ley de la Segunda Oportunidad. El plan de liquidación implica la venta de los bienes del deudor, en caso de tenerlos, para satisfacer las deudas en la medida de lo posible, o bien, directamente liquidar una parte o la totalidad de las deudas. El plan de pagos, por otro lado, es una propuesta de pago de las deudas restantes en un plazo determinado, buscando un equilibrio entre la capacidad de pago del deudor y las expectativas de los acreedores.
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